Pasado un año desde la firma por parte de CCOO, FITC y STS del acuerdo de modificación sustancial de las condiciones de trabajo de las personas que trabajamos en Santander Personal (S.P.) se hace necesario realizar un balance de este para ver, si ha sido tan maravilloso como los firmantes lo vendieron o, por el contrario, ha impli­cado un retroceso irreparable de nuestras condiciones laborales, como desde CGT ya predijimos. Un acuerdo que según los firmantes venía a mejorar y a regular nuestras condiciones laborales, como si estas no estuviesen reguladas hasta esa fecha, y que realmente sirvió al banco, para a cambio de nada, legalizar unas prácticas y costumbres realizadas hasta la fecha totalmente ilegales.


La primera derivada por las fechas en las que estamos la vamos a empezar a sufrir con el retraso de la en­trada en vigor del horario de verano. Un horario que entra ya en vigor para el resto de los SS.CC. y que va del 15/06 al 15/09 y que para nosotros y nosotras se reduce un mes por arte de birlibirloque. Una reducción que supone que realicemos 16 horas más, y, por supuesto, al mismo precio, lo que, a efectos salariales, supone que durante este mes, nuestro trabajo sufra una REBAJA SALARIAL que ronda el 12 %, ya que éste es el porcentaje de Jornada que vamos a trabajar más que el resto de personas de SS.CC.

Expectativas Realidad (Lo que realmente ha supuesto)
Mejora salarial
  • Trabajamos gratis 16 horas más al año.
  • Reducción del Importe ticket restaurante y/o ayuda alimentaria en nómina de 10,08€ por cada día laborable ( L-V) a 9€ {L-J) y únicamente cuando se trabaje en jornada partida.
  • Exclusión del personal del segmento Digital Sales de la percepción del complemento de gestor digital (208,33e/mes), pese a ser tan digitales como el resto de las personas de S.P.
Mejora de las condiciones laborales
  • Legalización de horarios y guardias que se venían desempeñando en S.P de forma ilegal, sin compensación alguna.
  • Condiciones dramáticamente distintas e inaceptables, en cuanto a salarios, horarios y carrera profesional entre los segmentos de Particulares, Negocio, Select, Banca Privada y Negocio Internacional de S.P y los de Digital Sales, existiendo así trabajadores/as de 1ª y de 2ª.
  • Traslado a estas unidades de manera obligatoria al personal de la red, cuya oficina sea cerrada, suponiendo una importantísima modificación sustancial de sus condiciones de trabajo.
  • Empeoramiento horario laboral, dificultando aún más la conciliación familiar y obligan­do a padres y madres de familia a reducir sus jornadas con la consiguiente merma de sus ingresos, para poder atender sus responsabilidades familiares.
Sucesión de empresas
  • Decisión unilateral, no negociada, del Banco, con el fin de poder utilizar esta mentira en sede judicial para tratar de desmontar nuestras argumentaciones de Cesión Ilegal, que afectaba a las personas que provenían de Santander Operaciones España y prestaban sus servicios en S.P Particulares y Digital Sales, y que desde CGT hemos tenido que defender en solitario sin el apoyo del resto de Sindicatos. Pese a ello, en el mes de febrero la Au­diencia Nacional nos daba la razón, confirmando en su sentencia la existencia de esta Cesión Ilegal, con sus efectos oportunos. Sentencia que, como era de esperar, ha sido recurrida, obstaculizando así y aplazando el derecho de las personas afectadas al co­bro de atrasos salariales de al menos un año, así como otras derivadas posibles en cuanto a la percepción de la compensación de beneficios sociales y de las ayudas por descendiente hasta los 26 años.
  • Despido aparentemente disciplinario de la persona clave en la preparación de la deman­da de Cesión Ilegal, utilizando el Banco para ello artimañas y métodos fuera de la legalidad, y que finalmente tuvo que reconocer en sede judicial como despido improcedente.

Desde CGT en nuestro objetivo de luchar por los intereses y los derechos de la plantilla, interpusi­mos demanda, nuevamente en solitario, solicitando la nulidad de dicho acuerdo, ya que el banco de manera unilateral y al margen de la negociación, convirtió a la plantilla afectada por la cesión ilegal en personal del banco, sin negociar sus condiciones laborales, vulnerando con ello, nuestro derecho a la negociación colectiva. Demanda esta, aún pendiente de juicio tras vernos obligados a suspenderlo por mantener relación directa con el juicio de cesión ilegal recurrido y pendiente de sentencia por parte del Tribunal Supremo.

Una vez finalizado el análisis anterior, desde CGT os invitamos a reflexionar y sacar vuestras propias conclusiones.

¿A quién beneficia este acuerdo?
¿Quién firma este acuerdo, representa y defiende realmente los intereses de la plantilla?

 

 

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