Personal Pasivo

Finalmente la Dirección General de Tributos ha resuelto la consulta vinculante realizada por el Banco de Santander sobre la aplicación del artículo 18.2 de la ley 35/2006 al pago sustitutorio de los compromisos de pensiones derivados de la aplicación del convenio colectivo de banca o acuerdos individuales, determinando que será aplicable la reducción del 30% siempre que el cobro se realice en un único periodo impositivo. Es decir, que se cobre de una sola vez. Sigue leyendo

Adjuntamos respuesta de la Hacienda de Navarra ante consulta fiscal realizada por un compañero, al que agradecemos la documentación, sobre la consideración a efectos tributarios de la capitalización del compromiso por pensiones que está ofertando el Banco Santander, que determina que la capitalización en un solo cobro tiene consideración de renta irregular. Sigue leyendo

En el día de hoy hemos mantenido una reunión de la comisión de seguimiento del acuerdo de capitalización de los compromisos por pensiones del personal pasivo, en la cual se nos ha transmitido la siguiente información. Sigue leyendo

Finalmente hoy se ha procedido a la firma de los dos acuerdos que estábamos negociando. La CGT, tras decisión de sus afiliadas y afiliados, ha procedido a sumar su firma a ambos acuerdos.

1.-El acuerdo que permitirá, al personal pasivo perceptor de complementos de pensiones que, voluntariamente acepte la oferta del Banco, la capitalización, cobro y liquidación del citado compromiso. El texto final del acuerdo está accesible desde el siguiente enlace. Sigue leyendo

25 aniversario del congreso de unificación 1984-2009
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