INFORMACIÓN 06/23.

El plazo para solicitar el producto de Guardería para el próximo curso 2023-2024 estará disponible durante los meses de julio y agosto. Las fechas concretas aún están por determinar, os iremos informando en próximas comunicaciones.

Se abona directamente al centro de Educación Infantil, Escuela Infantil o Guardería en los 5 primeros días laborales de cada mes. Si en el centro de trabajo dispones del servicio de Centro de Educación Infantil, sólo accederás a este beneficio en el supuesto de que no te hayan dado plaza y hasta que sea concedida.  

A la hora de contratar debes poner el importe íntegro a pagar al centro escolar excepto si sólo deseas contratar el Cheque, entonces la cantidad que hay que indicar son 100€. 

El cheque se concede para la asistencia del menor al centro infantil, no incluyendo en éstos, los pagos de reservas de matrícula, matrículas u otros gastos.

Si no vas a hacer uso de la guardería en el mes de julio o el importe varía, tienes hasta el 16 de junio para proceder a la modificación o cancelación.

Si cambias al menor de guardería, debes cancelar la solicitud actual y realizar la contratación con los datos de la nueva guardería. 

RUTA PARA LAS GESTIONES REFERENTES A LA GUARDERÍA: OneHR/ Compensación/Nómina/Beneficios/ Retribución Flexible/ Mis Productos/ Guardería. 

En el momento de la contratación, puedes consultar si la guardería está afiliada también en la web https://www.edenred.es/ticket-guarderia/buscador-guarderias 

Cuando contrates la guardería entre el 1 y el 15 de cada mes, tu contratación será efectiva para el pedido del mes siguiente, del día 16 en adelante tu contratación tendrá efectividad dos meses después.

Si tus datos familiares no están actualizados deberás hacerlo en la siguiente ruta: OneHR/ Área Personal/ Actualiza tus datos/ Gestión de dependientes.

Recuerda que a mayores tienes derecho a la Deducción Adicional Guardería de la Agencia Tributaria.  Se trata de una deducción para madres trabajadoras que tengan gastos por guardería, y que permite incrementar hasta un máximo de 1.000€ a la ya existente deducción por maternidad prevista en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

 

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