Finalmente la Dirección General de Tributos ha resuelto la consulta vinculante realizada por el Banco de Santander sobre la aplicación del artículo 18.2 de la ley 35/2006 al pago sustitutorio de los compromisos de pensiones derivados de la aplicación del convenio colectivo de banca o acuerdos individuales, determinando que será aplicable la reducción del 30% siempre que el cobro se realice en un único periodo impositivo. Es decir, que se cobre de una sola vez. Sigue leyendo

25 aniversario del congreso de unificación 1984-2009
Teletrabajo

XXIV Convenio Colectivo

XXIV Convenio Colectivo de Banca

Cuadernillo de derechos

XXIV Convenio Colectivo de Banca

Cómo actuar en caso de accidente laboral

Guía cómo actuar en caso de accidente/enfermedad laboral

Últimos BiSCH@s

  • BiSCHA EESS 2019
    BiSCHa EESS 2019

Afíliate


Conéctate a CGT


Síguenos en las RRSS

Elecciones Sindicales


Breaking Bank
No más violencia contra la mujer

Enlaces

CGT

Fesibac

Rojo y Negro

Memoria Libertaria

Rojo y Negro TV

In-formación

Libre Pensamiento

Ruesta

Síguenos en Twitter

Síguenos en Facebook

Facebook Pagelike Widget

Categorias

Entradas