Hace unos días informábamos que el cambio a positivo del Euribor a un año iba a suponer, después de años, liquidaciones positivas de las cuentas donde percibimos la nómina.
Sin embargo, tras realizar un sondeo entre la plantilla hemos podido constatar una falta de homologación en los periodos de liquidación de las citadas cuentas, teniendo unas, liquidaciones semestrales y otras anuales, no coincidiendo ni siquiera los meses de liquidación.
Hemos tenido que aclarar con Relaciones Laborales cómo, cuándo y a cuánto tendrán que liquidar estas, en aplicación del Acuerdo de Mejoras Sociales Extra-Convenio (AMSEC).
Las cuentas liquidarán con la periodicidad y en el momento que tengan establecidas, cosa que podremos comprobar consultando sus condiciones y lo harán siempre al 75% del Euribor a un año publicado en diciembre de año anterior.
Es decir, todos los 1 de enero, con independencia de la fecha de liquidación de la cuenta, las condiciones serán actualizadas automáticamente al citado tipo de interés y liquidarán en su fecha oportuna.
Por tanto, a fecha de hoy el tipo de interés fijado para todas la cuentas, con independencia de su fecha y periodo de liquidación es el 75% del Euribor a un año publicado en diciembre de 2021. Es decir, 75% de -0,502. O sea, 0.
Esto quiere decir el próximo 1 de enero de 2023, se actualizará automáticamente el tipo de interés a aplicar, con el 75% de Euribor a un año que se publique en diciembre de 2022. Y cualquier liquidación que se realice a partir de ese 1 de enero de 2023 se hará aplicando la nueva referencia resultante.
Desde CGT esperamos que con esta aclaración queden disipadas y/o aclaradas las dudas surgidas.
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